01. Institucional
02. Organizativa
1002. Normativa aplicable a la entidad.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.
- Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
- Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil.
- Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local.
- Ley 4/2007, de 3 de abril, de transparencia de las relaciones financieras entre las Administraciones públicas y las empresas públicas, y de transparencia financiera de determinadas empresas.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
- Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Fecha de actualización: 31.12.2023
1004. Información relativa a las funciones y competencias, al objeto social o al fin fundacional de la entidad.
OBJETO SOCIAL Y FUNCIONES QUE DESARROLLA LA ENTIDAD
La sociedad tiene por objeto social el fomento de la cultura mediante la planificación, organización y gestión de carácter insular de las siguientes actividades:
– El impulso a la libre creación y representación de las artes musicales, líricas y coreográficas en todas sus variedades.
– Fomentar el conocimiento y la participación de los ciudadanos en las actividades que tengan lugar en el Auditorio, mediante la más amplia difusión y comunicación de las mismas.
– Colaborar con el Patronato Insular de Música en el desarrollo de las actividades de la Orquesta Sinfónica de Tenerife y en la celebración de los festivales de música, ópera o similares que decida el Cabildo Insular.
– Establecer relaciones de cooperación y colaboración con otras instituciones, y en particular con entidades culturales, empresas de gestión cultural, agrupaciones de actividades artísticas, y todas aquellas que tengan relación con el ámbito de la cultura.
– Gestionar cuantos fondos, ayudas, subvenciones, líneas de crédito o cualquier otro tipo de incentivo existente pueda recibir, así como, los ingresos directos que pueda obtener por el desarrollo de la actividad que promueva.
– La organización, por sí o en colaboración, de toda clase de acontecimientos con fines preferentemente de interés cultural, incluidos la organización de certámenes, exposiciones, congresos, convenciones, reuniones y demás actividades propias del área congresual en el Auditorio de Tenerife y/o edificios que expresamente se le adscriban, como fuente de financiación paralela a la actividad propia de la Sociedad.
– La gestión del edificio del Auditorio de Tenerife, sede de la Orquesta Sinfónica, y de todos aquellos edificios y espacios culturales dedicados a la música, danza y demás actividades artísticas que, perteneciendo a otras entidades, expresamente se le adscriban, previo el oportuno acuerdo o convenio entre las partes.
– La explotación del nombre comercial y los derechos de imagen del Auditorio, a excepción del uso que de los mismos pueda hacer el Cabildo Insular.
– La realización de aquellas otras actividades que en interés de la cultura se estime oportuno desarrollar, relacionadas con las indicadas anteriormente.
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Fecha de actualización: 31.12.2023
1021. Órganos de gobierno, de dirección o de administración de la entidad, indicando en cada caso su sede y ubicación, composición, funciones y persona titular.
Según los Estatutos de la entidad Auditorio de Tenerife SAU, concretamente en su Título III, los órganos de gobierno y administración de la Entidad Insular son los siguientes con las correspondientes competencias:
a) La Junta General.
b) El Consejo de Administración.
c) La Gerencia.
La sede de Auditorio de Tenerife se encuentra en Santa Cruz de Tenerife, Avenida de La Constitución 1, CP 38003.
JUNTA GENERAL
La Corporación Insular en Pleno, constituida en Junta General de la entidad, funcionará ajustándose a lo previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; en el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local de 18 de abril de 1986; en la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias; en el Reglamento Orgánico de la Corporación Insular y, en su defecto, en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
La Corporación en funciones de la Junta General de la entidad, tendrá las siguientes facultades:
a) Nombrar al Consejo de Administración, y fijar, aumentar, disminuir o suprimir las retribuciones de éste y las dietas de asistencia de los Consejeros y del Secretario, no teniendo éstos derecho a retribución alguna.
b) Modificar los Estatutos.
c) Aumentar o disminuir el capital social.
d) Emitir obligaciones.
e) Aprobar el inventario, balance anual, cuentas, memorias, presupuestos de la Sociedad y aplicación de resultados.
f) Censura de la gestión social.
g) Cualquier otra que la Ley sobre Sociedades Anónimas atribuye a la Junta General.
Y aquellas que no hayan sido conferidas expresamente a los demás órganos de gobierno.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
La entidad será administrada por un Consejo de Administración compuesto por Vocales Consejeros, en número como mínimo de tres y como máximo de nueve, presididos por el Presidente del Cabildo o, en su defecto, por el Vicepresidente 1º o Vicepresidente 2º, por este orden, del Consejo y cuya fijación de número y designación corresponde a la Junta General, quien deberá hacerlo con arreglo a las normas señaladas en el artículo 93, en relación con el 73, del vigente Reglamento de Servicio de Corporaciones Locales.
Corresponden al Consejo, entre otras, las siguientes facultades:
a) Designar los miembros del Consejo que han de firmar las acciones representativas del capital social.
b) Crear, organizar y dirigir las actividades de la Sociedad.
c) La adquisición de bienes, materiales y efectos de todas las clases, con destino al cumplimiento de los fines sociales.
d) Reclamar y percibir cuantas cantidades en metálico, efectos y valores, además de otras especies, deban ser entregados a la Entidad, sean quienes fueran las personas o entidades obligadas al pago, la índole, cuantía y determinación y procedencia de las obligaciones; liquidar cuentas, fijar y finiquitar saldos y formalizar recibos y descargos.
e) La administración, en la forma más amplia, del patrimonio social, conservándolo y defendiéndolo, incluso con el ejercicio de toda clase de acciones, así como los derechos, recursos e ingresos, que por cualquier concepto pudiera corresponderle.
f) La enajenación del patrimonio, tanto por venta, permuta o cesión, y respecto a los bienes inmuebles y a los derechos reales que sobre estos pudieran corresponder solo ejecutando acuerdos de la Junta General.
g) Constituir y retirar depósitos, consignaciones, abrir, cerrar y liquidar cuentas corrientes y de crédito, en los Bancos, Caja General de Depósitos y otros establecimientos con o sin garantía y bajo toda clase de condiciones.
h) Designar, fijar sus retribuciones y cesar al personal de la sociedad.
i) Ejercitar toda clase de acciones o excepciones, en juicio y fuera de él, ante toda clase de Tribunales de orden civil, penal o social, económicos o contencioso- administrativos, en cualquier instancia y ante Corporaciones, Autoridades o contra particulares, en reclamación de los bienes, derechos y acciones de la Entidad o de su pertenencia.
j) Proponer a la Junta General las estipulaciones para la celebración de contratos de compra-venta o gravamen de inmuebles, ya sean en documento público o privado.
k) Acordar las convocatorias de la Junta General de la Entidad, tanto ordinarias como extraordinarias, en los casos en que deba reunirse con arreglo a los Estatutos.
l) Formular en el plazo máximo de tres meses, contados a partir del cierre del ejercicio social, el balance con la cuenta de pérdidas y ganancias, el informe de gestión, la propuesta de distribución de beneficios y la Memoria explicativa.
m) Remitir al Cabildo Insular, antes del 15 de septiembre de cada año, las previsiones de ingresos y de gastos, así como los programas anuales de actuación, inversiones y financiación para el ejercicio siguiente.
n) Nombrar al Gerente y fijar sus retribuciones.
o) Y, en fin, estatuir sobre todo lo relativo a los intereses de la empresa y lo concerniente a su administración.
PRESIDENTE Y SECRETARIO DE LA SOCIEDAD
El Presidente del Consejo de Administración y de la Entidad, correspondiéndole las atribuciones que expresamente se le asignan a continuación:
a) Ostentar la representación de la Entidad y del Consejo de Administración en toda clase de actos, pudiendo otorgar poderes causídicos.
b) La alta inspección y dirección de los servicios de cualquier clase de la Entidad.
c) Adoptar, en caso de urgencia, las decisiones que considere convenientes al fin social, referidas a actos de mera administración de la competencia del Consejo, dando cuenta inmediata al mismo en sesión que convocará en plazo de cuarenta y ocho horas, en la forma prevista en el artículo 22 de estos Estatutos, para lo que se le faculta expresamente.
d) Velar porque se cumplan los Estatutos Sociales en su integridad y se ejecuten fielmente los acuerdos del Consejo.
e) Convocar la Junta General cuando lo estime conveniente a los intereses de la Entidad, sin necesidad de previo acuerdo del Consejo.
f) Cualquier otra función que legal o estatutariamente le corresponda.
Secretario del Consejo de Administración tiene las siguientes facultades:
a) Preparar el orden del día.
b) Extender las convocatorias conforme a las órdenes del Consejo o del Presidente.
c) Redactar las actas, cuidar los libros de éstas y certificar de los mismos, extendiendo esta facultad a cualquier otro documento de la Entidad, siempre con el visto bueno del Presidente.
d) Cumplir cuantas órdenes le sean dadas por el Consejo y Gerencia.
e) Cuidar el archivo.
f) Cuantas otras funciones le sean encomendadas por los órganos de la Entidad.
GERENCIA
El Gerente tendrá por función, la administración ordinaria de la Entidad, así como la ejecución de los acuerdos del Consejo de Administración y cualquier función propia de éste que le sea delegada.
Órgano | Composición | |
Gerente | Titular: Daniel Cerezo Baelo | |
Consejo de Administración | Presidencia: José Carlos Acha Domínguez Secretaría: José Antonio Duque Díaz Vocal 1: Rosario Álvarez Martínez Vocal 2: Efrain Medina Hernández Vocal 3: Juan Julio Tejera Hernández Vocal 4: Sofía María Hernández González Vocal 5: Águeda Fumero Roque Vocal 6: Valentín Esteban González Evora Vocal 7: María Candelaria de León Luis Vocal 8: Ana Mercedes Salazar Astudillo | |
Junta General |
|
1029. Capital social, dotación fundacional o participación y recursos que financian sus actividades.
03. Miembros electos y personal de libre nombramiento
1024. Identificación, perfil, méritos académicos, trayectoria profesional.
04. Empleo del sector público
1042. Distribución por grupos de clasificación, especificando el tipo de relación funcionarial, estatuaria o laboral, distinguiendo entre los de carrera e interinos y entre los fijos, indefinidos y temporales.
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1043. Número de empleados/as por departamentos o consejerías para las administraciones; o en total para las entidades vinculadas o dependientes.
Número de empleados por departamento 2023
DEPARTAMENTO | Nº |
GERENCIA | 1 |
ADMINISTRACIÓN | 3 |
MANTENIMIENTO | 4 |
MARKETING Y COMUNICACIÓN | 5 |
ÁREA EDUCATIVA | 1 |
CONGRESOS | 2 |
PRODUCCIÓN TÉCNICA | 12 |
PRODUCCIÓN ARTÍSTICA | 11 |
ÁREA JURÍDICA | 4 |
ARTES ESCÉNICAS | 9 |
JEFATURA DE SALA | 1 |
53 |
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1044. Número de liberados/as sindicales, sindicato al que pertenecen, número de horas sindicales utilizadas por sindicato y, en el caso de las entidades del sector público local, coste de las liberaciones.
1047. Identificación personal, puesto de trabajo que desempeña y actividad o actividades para las que se autoriza la compatibilidad y, en su caso, Boletín Oficial en el que se publicaron.
Auditorio de Tenerife no ha recibido solicitud por parte de los trabajadores y trabajadoras para desempeñar una segunda actividad pública o privada de conformidad con la normativa vigente. Por esta razón no existen autorizaciones ni incompatibilidades del personal alguna en el ejercicio 2023.
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Fecha de actualización: 31.12.2023
05. Retribuciones
1048. Retribución percibida anualmente, articulada en función de la clase o categoría del órgano, y en su caso de dedicación parcial, especificando la dedicación mínima exigida.
1053. Información general de las retribuciones del personal funcionario, estatuario y laboral, articulada en función de los niveles y cargos existentes, y en el caso de las entidades del sector público local, diferenciando las básicas de las complementarias.
1054. Aportaciones a planes de pensiones o seguros colectivos y cualquier retribución extra-salarial, articulada en función de los niveles y cargos existentes.
07. Servicios y Procedimientos
1076. Servicios que presta cada unidad administrativa o la entidad, indicando los requisitos y condiciones de acceso a los mismos, horario, tasas, tarifas o precios; y, en el caso de las entidades locales, las normas por las que se rigen.
Auditorio de Tenerife presta los siguientes servicios:
– El impulso a la libre creación y representación de las artes musicales, líricas y coreográficas en todas sus variedades.
– Fomentar el conocimiento y la participación de los ciudadanos en la actividad que tengan lugar en el Auditorio, mediante la más amplia difusión y comunicación de las mismas.
– Colaborar con el Patronato Insular de Música en el desarrollo de las actividades de la Orquesta Sinfónica de Tenerife y en la celebración de los festivales de música, ópera o similares que decida el Cabildo Insular.
– Establecer relaciones de cooperación y colaboración con otras instituciones, y en particular con entidades culturales, empresas de gestión cultural, agrupaciones de actividades artísticas, y todas aquellas que tengan relación con el ámbito de la cultura.
– Gestionar cuantos fondos, ayudas, subvenciones, líneas de crédito o cualquier tipo de incentivo existente pueda recibir, así como, los ingresos directos que pueda obtener por el desarrollo de la actividad que promueva.
– La organización, por sí o en colaboración, de toda clase de acontecimientos con fines de interés cultural, incluidos la organización de certámenes, exposiciones, congresos, convenciones y reuniones, con el objeto de promocionar y facilitar el intercambio de ideas, proyectos o servicios de carácter cultural, que se desarrollen o estén relacionados con el Auditorio y/o edificios que expresamente se le adscriban.
– La gestión del edificio del Auditorio de Tenerife, sede de la Orquesta Sinfónica y de todos aquellos edificios y espacios culturales dedicados a la música, danza y demás actividades artísticas que, perteneciendo a otras entidades, expresamente se le adscriban, previo el oportuno acuerdo o convenio entre las partes.
– La explotación del nombre comercial y los derechos de imagen del Auditorio, a excepción del uso que de los mismos pueda hacer el cabildo Insular.
– La realización de aquellas otras actividades que en interés de la cultura se estime oportuno desarrollar, relacionadas con las indicadas anteriormente.
Asimismo, los mismos se describen detalladamente en el icono de información especifico, junto a los horarios y tarifas correspondientes en el enlace que puede visitar aquí. –
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Fecha de actualización: 31.12.2023
1080. Cartas de servicios elaboradas y, en el caso de las entidades locales, compromisos asumidos y grado de cumplimiento de los mismos.
Auditorio de Tenerife no cuenta con una Carta de Servicios aprobada en la que se determinen los objetivos de calidad asumidos y los indicadores para la medición de su cumplimiento, ni por tanto tiene datos estadísticos para valorar el grado de cumplimiento, calidad de los servicios y/o satisfacción del cliente.
Asimismo, se detallan los Servicios que presta el Auditorio de Tenerife:
1.- El impulso a la libre creación y representación de las artes musicales, líricas y coreográficas en todas sus variedades.
2.- Fomentar el conocimiento y la participación de los ciudadanos en la actividad que tengan lugar en el Auditorio, mediante la más amplia difusión y comunicación de las mismas.
3.- Colaborar con el Patronato Insular de Música en el desarrollo de las actividades de la Orquesta Sinfónica de Tenerife y en la celebración de los festivales de música, ópera o similares que decida el Cabildo Insular.
4.- Establecer relaciones de cooperación y colaboración con otras instituciones, y en particular con entidades culturales, empresas de gestión cultural, agrupaciones de actividades artísticas, y todas aquellas que tengan relación con el ámbito de la cultura.
5.- Gestionar cuantos fondos, ayudas, subvenciones, líneas de crédito o cualquier tipo de incentivo existente pueda recibir, así como, los ingresos directos que pueda obtener por el desarrollo de la actividad que promueva.
6.- La organización, por sí o en colaboración, de toda clase de acontecimientos con fines de interés cultural, incluidos la organización de certámenes, exposiciones, congresos, convenciones y reuniones, con el objeto de promocionar y facilitar el intercambio de ideas, proyectos o servicios de carácter cultural, que se desarrollen o estén relacionados con el Auditorio y/o edificios que expresamente se le adscriban.
7.- La gestión del edificio del Auditorio de Tenerife, sede de la Orquesta Sinfónica y de todos aquellos edificios y espacios culturales dedicados a la música, danza y demás actividades artísticas que, perteneciendo a otras entidades, expresamente se le adscriban, previo el oportuno acuerdo o convenio entre las partes.
8.- La explotación del nombre comercial y los derechos de imagen del Auditorio, a excepción del uso que de los mismos pueda hacer el cabildo Insular.
9.- La realización de aquellas otras actividades que en interés de la cultura se estime oportuno desarrollar, relacionadas con las indicadas anteriormente.
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Fecha de actualización: 31.12.2023
1081. Catálogo de procedimientos, incluyendo los de carácter tributario en su caso, con indicación de los que estén disponibles en formato electrónico.
Auditorio de Tenerife no cuenta con un catálogo de procedimientos aprobado. Actualmente está en proceso la adaptación de su metodología de trabajo a la configuración de unos procedimientos estandarizados y normativos de acuerdo a normas ISO.
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Fecha de actualización: 31.12.2023
1082. Procedimiento para la presentación de quejas y reclamaciones sobre el funcionamiento del servicio.
Auditorio de Tenerife cuenta con un Procedimiento aprobado internamente para la presentación de quejas y reclamaciones sobre el funcionamiento y servicio. Toda solicitud o requerimiento que genere nuestro servicio, se tramitará a través de las vías previstas para tal fin.
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1083. Estadísticas de quejas y sugerencias: número de reclamaciones por el funcionamiento de los servicios y número o proporción de aceptadas o resueltas a favor de los interesados.
A continuación, se indica el número de reclamaciones durante el primer semestre del ejercicio 2023 por el funcionamiento de los servicios y el número de aceptadas o resueltas a favor de los interesados:
- Sugerencias: 0
- Quejas: 29
- Reclamaciones: 18
- Total de quejas y reclamaciones: 47
- A favor del usuario: 10 (21%)
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08. Económico-financiera
1091. Cuentas anuales que deban rendirse por la entidad (balance, cuenta de resultado económico patrimonial o cuenta de pérdidas y ganancias, memoria y, en su caso, liquidación del Presupuesto).
1104. Gastos de personal y su porcentaje sobre el gasto total.
1106. Gasto efectuado en concepto de arrendamiento de bienes inmuebles.
1108. Gasto efectuado en concepto de patrocinio y campañas de publicidad institucional.
1110. Gasto total efectuado en concepto de ayudas y subvenciones para actividades económicas.
12. Contratos
1136. Información general de las entidades y órganos de contratación (como dirección de contacto, números de teléfonos y fax, dirección postal y cuenta de correo electrónico)
Órganos de contratación.
Conforme al artículo 3.3.d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, Auditorio de Tenerife, S.A.U., se configura como poder adjudicador no Administración Pública.
Asimismo, según lo establecido en el art. 61 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el órgano de Contratación que actúa en nombre de Auditorio de Tenerife es el Consejo de Administración de la Entidad.
No obstante, mediante acuerdo del Consejo de Administración de la Entidad, adoptado el día 29 de enero de 2016, se faculta a la Gerencia de la Entidad para actuar como órgano de contratación en aquellos contratos con un valor estimado igual o inferior a 250.000 euros.
Régimen jurídico de los contratos.
Los contratos que celebre Auditorio de Tenerife tendrán la consideración de contratos privados, de conformidad con el apartado primero del artículo 26 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Estos contratos realizados por poderes adjudicadores no tengan condición de Administración Pública se regirán, según lo establecido en el apartado tercero del artículo 26 de la de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por lo dispuesto en su Título I del Libro Tercero, en cuanto a su preparación y adjudicación.
En cuanto a sus efectos y extinción les serán aplicables las normas de derecho privado, y aquellas normas a las que se refiere el párrafo primero del artículo 319 en materia medioambiental, social o laboral, de condiciones especiales de ejecución, de modificación del contrato, de cesión y subcontratación, de racionalización técnica de la contratación; y la causa de resolución del contrato referida a la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a los artículos 204 y 205 de dicha Ley.
En el Perfil de Contratante de Auditorio de Tenerife, se encuentra la información y documentos relativos a la actividad contractual de la entidad, al objeto de asegurar la transparencia y el acceso público a los mismos.
Esta Entidad gestiona sus licitaciones a través de su Plataforma de Contratación de Auditorio de Tenerife Vortal. Dado que Auditorio de Tenerife gestiona sus licitaciones a través de su plataforma electrónica, la presentación de proposiciones y de la documentación complementaria por los licitadores deberá realizarse en todo caso a través de la Plataforma de Contratación Pública Vortal, la cual está integrada con la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Datos de contacto Auditorio de Tenerife, S.A.U.
Avenida de la Constitución, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
contratacion@auditoriodetenerife.com
Tfno.: 922 568 600
Fax: 922 568 602
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Fecha de actualización: 31.12.2023
1139. Licitaciones anuladas
Auditorio de Tenerife, en el ejercicio de 2023, no ha realizado anulaciones de licitaciones. También puede acceder a esta información en el Perfil de Contratante de Auditorio de Tenerife.
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Fecha de actualización: 31.12.2023
1143. Preguntas frecuentes y aclaraciones relativas al contenido de los contratos.
A través de la Plataforma de Contratación del Sector Público se presentan las ofertas correspondientes a las licitaciones de Auditorio de Tenerife. A su vez esta Plataforma brinda unas GUIAS DE AYUDA para facilitar el uso de los servicios ofrecidos, notificaciones, documentación necesaria, incluso la posibilidad de consulta de carácter técnico, fomentando la participación.
No obstante, Auditorio de Tenerife no ha recibido preguntas ni se le ha requerido aclaraciones respecto los contenidos de los contratos formalizados. También puede acceder a esta información en el Perfil de Contratante de Auditorio de Tenerife.
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Fecha de actualización: 31.12.2023
1144. Denominación y objeto; duración, importe de licitación y de adjudicación, procedimiento utilizado, instrumentos a través de los que, en su caso, se haya publicitado; número de licitadores/as participantes en el procedimiento e identidad de las personas o entidades a las que se adjudica el contrato.
1152. Datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público.
1154. Modificaciones de los contratos realizados.
Auditorio de Tenerife no ha realizado, en el ejercicio 2023, modificaciones sobre los contratos adjudicados y formalizados. También puede acceder a esta información en el Perfil de Contratante de Auditorio de Tenerife.
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Fecha de actualización: 31.12.2023
1156. Penalidades impuestas por incumplimiento de los/as contratistas.
Auditorio de Tenerife, en el ejercicio 2023, no ha impuesto penalidades a los contratistas que han resultado adjudicatarios de los contratos. También puede acceder a esta información en el Perfil de Contratante de Auditorio de Tenerife.
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Fecha de actualización: 31.12.2023
1153. Relación trimestral de contratos menores, especificando número, importe global y porcentaje que representan respecto a la totalidad de los contratos formalizados.
2003. Relación de contratos menores: denominación y objeto; duración, importe de licitación y de adjudicación, procedimiento utilizado, instrumentos a través de los que, en su caso, se haya publicitado; número de licitadores/as participantes en el procedimiento e identidad de las personas o entidades a las que se adjudica el contrato.
1157. Decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos.
Auditorio de Tenerife, en el ejercicio 2023, no ha resuelto contratos formalizados por decisión de desistimiento ni por renuncia. También puede acceder a esta información en el Perfil de Contratante de Auditorio de Tenerife.
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Fecha de actualización: 31.12.2023
13. Convenios y encomiendas de gestión
1158. Partes firmantes y denominación del convenio; objeto, con indicación de las actuaciones o actividades comprometidas; plazo y condiciones de vigencia; órganos o unidades encargadas de la ejecución y obligaciones económicas/financiación, con indicación de las cantidades que corresponden a cada una de las partes firmantes.
1167. Entidad encomendante o encomendada; objeto y denominación; presupuesto; duración y obligaciones económicas reconocidas.
1174. Tarifas y precios fijados.
1175. Personas o entidades adjudicatarias, procedimiento seguido e importe de las subcontrataciones efectuadas.
15. Ayudas y subvenciones
1182. Importe; objetivo o finalidad; y persona/ entidad beneficiaria, o administración concedente en el caso de las entidades del artículo 3.
17. Estadística
1195. Información estadística necesaria para valorar el grado de cumplimiento y calidad de los servicios públicos que sean de su competencia.
Estadística de resultados obtenidos 2022-2023 (pdf) (odt)
A través de este enlace, puede consultar la Memoria Anual de Auditorio de Tenerife de la Temporada 2022-2023
A través de este enlace, puede acceder a las Memorias Anuales de Auditorio de Tenerife.
Datos abiertos del Cabildo de Tenerife
Fecha de actualización: 31.12.2023
18. Derecho de acceso
1199. Resoluciones denegatorias previa a disociación de los datos de carácter personal.
1201. Información estadística sobre las resoluciones de las solicitudes de derecho de acceso a la información pública.
En cumplimiento con las disposiciones de la Ley 12/2014, de transparencia y acceso a la información pública, Auditorio de Tenerife, mantiene a través del órgano competente la información estadística, sin haber recibido hasta la fecha solicitud alguna.
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Fecha de actualización: 31.12.2023